Artículos periodísticos y de investigación

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3 de julio de 2010


MEDIOS DE COMUNICACIÓN

Y PORNOGRAFÍA

Escribe: Dr. Eudoro Terrones Negrete (*)


PROYECTO DE LEY
El congresista de Alianza Parlamentaria, Ricardo Belmont, presentó el proyecto de ley Nº 3621-2009 que propone establecer sanciones penales y privativas de de libertad para los directores, editores, gerentes o responsables de la difusión o publicación de imágenes, material audiovisual o textos de contenido pornográfico u obsceno.

El proyecto contó con la adhesión de los congresistas Aldo Estrada y Karina Beteta (UPP), Juan Carlos Eguren y Raúl Castro (UN), Freddy Otárola (PNP), Wilder Calderón (Apra), Rosario Sasieta (AP) y Víctor Mayorga (BP).


DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE JUSTICIA Y DD.HH.
En el dictamen del proyecto de ley sustitutorio (Lima, 14 de junio de 2010) aprobado por la Comisión de Justicia y DD.HH. se manifiesta que “en nuestro país, los medios de comunicación y un sector de la prensa están haciendo ejercicio de una actividad muy alejada de la ética, de los principios morales y de las buenas costumbres, eso se observa todos los días tanto en los puestos de periódicos como en las diferentes emisiones de la televisión en señal abierta donde nuestros niños y adolescentes son bombardeados con mensajes libidinosos, con publicaciones donde se muestran mujeres desnudas, con escenas de sexo, con palabras soeces en doble sentido, programas televisivos conducidos por personajes de dudosa reputación, todo ello atenta contra la salud psíquica y emocional de nuestros niños y adolescentes y atentan contra los valores de la familia”.

El proyecto de ley sustitutorio modifica los artículos 40 y 43 de la Ley Nº 28278- Ley de Radio y Televisión, en los términos siguientes: “Artículo 40.- Horario familiar: En la programación que se transmita en el horario familiar no está permitido los contenidos violentos, obscenos, de crueldad, o que estén referidos a comportamientos sexuales o de otra índole, cualquiera que sea su naturaleza o la forma como sean presentados, que puedan afectar los valores inherentes a la familia, los niños y adolescentes. Este horario es el comprendido entre las 06:00 y 22:00 horas. Artículo 43.- Prohibición de pornografía. Los servicios de radiodifusión no pueden difundir programas con contenido pornográfico ni sexo explícito de ningún género o que promuevan el comercio sexual, en cualquiera de sus modalidades”.

Suscribieron el dictamen los congresistas Juvenal Silva Diaz (Presidente), Ricardo Belmont Cassinelli, Edgar Núñez Román, Jorge Flores Torres, José León Luna Gálvez, José Malucán Culqui y Susana Vilca Achata.

OPINIONES A FAVOR
Canal 11 RBC TV viene difundiendo opiniones a favor del proyecto y que proceden de autoridades religiosas, educadores, abogados y periodistas y público en general.

Los entrevistados considerar de necesidad pública erradicar progresivamente este problema social y coinciden en manifestar que hay falta de conciencia moral en algunos programas televisivos, directores y propietarios de medios, que confunden libertad de empresa con libertad de prensa, que se preocupan más por incrementar el rating de lectoría, audiencia y teleaudiencia y obtener mayores utilidades, olvidando las funciones de educar y culturizar a su público objetivo.

Manifiestan también que las autoridades encargadas de velar por la salud moral del pueblo no están cumpliendo sus funciones para poner freno a la pornografía mediática y que con su silencio resultan siendo cómplices del gran daño moral que se causa a los niños, adolescentes y jóvenes principalmente.


OPINIONES EN CONTRA
Sobre el proyecto se pronunciaron en contra comunicadores sociales, políticos, personalidades de diversos sectores del Estado, la Sociedad Nacional de Radio y Televisión, el Consejo de la Prensa Peruana (CPP), el Instituto Prensa y Sociedad (IPYS), la Defensoría del Pueblo, el ministro de Justicia y el presidente de la República Alan García Pérez.

El presidente Alan García recordó que los delitos tipificados en el proyecto contra las buenas costumbres o la obscenidad, se encuentran tipificados en el Código Penal y no es necesaria su repetición, toda vez que “Repetir y duplicar eso podría malinterpretarse como que se quiere coartar la libertad”.


¿QUÉ ES PORNOGRAFÍA?
Pornografía es un término ambiguo y difícil de delimitar, comprende fotografías, textos, historietas, videos, películas, etc., que muestran actividades sexuales fuertemente contraculturales (desfloración, incesto, violación, flagelación y bestialismo) o actos sexuales destinados a producir la masturbación y la excitación sexual del receptor y que son difundidos por diversos medios de comunicación.

El término pornografía procede del griego "pornographos" (porne, "prostituta" y grafein, “escribir” o "descripción".
La Real Academia Española define la pornografía como "el carácter obsceno de las obras literarias o artísticas", "escritos, fotografías, etc., con la intención de despertar el deseo sexual".
En la obra Ética y Medios de Comunicación, Niceto Blázquez define la pornografía como la representación de personas, actos, cosas y símbolos con los que se pretende provocar la pulsión sexual para su satisfacción.
Para la Corte Suprema de Estados Unidos la "obscenidad" está determinada por las "representaciones o descripciones obviamente ofensivas de los actos sexuales..." o "la exhibición lasciva de los órganos sexuales" en particular.
El Diccionario Webster dice que la obscenidad es lo ofensivo al buen gusto (por ejemplo: lascivia e indecencia), homologando pornografía y obscenidad. Y "obsceno" es lo "desagradable a los sentidos" y "aborrecible para la moral y la virtud, incitante o pensado para suscitar lujuria, depravación e indecencia".

DESCRIPCIÓN DE LA PROBLEMÁTICA
«¿Por qué únicamente la mentira y el error, la degradación y la pornografía han de tener derecho a ser propuestas y, por desgracia, incluso impuestas con frecuencia por una propaganda destructiva difundida mediante los medios de comunicación social, por la tolerancia legal, por el miedo de los buenos y la audacia de los malos?» se preguntaba el Papa Pablo VI, en Exhortación post-sinodal Evangelii nuntiandi.
No le faltó razón a Lenin cuando decía "si deseas destruir una nación, destruye su moral y esta caerá en tu regazo como una manzana madura".
En el Segundo Simposio Nacional Multidisciplinario de Sexualidad Humana, realizado en Argentina, se llegó a la conclusión que la actual pornografía desvirtúa la sexualidad humana, expresándola en formas violentas, ya sea explícitas o implícitas, y siempre en una relación de poder y servidumbre de la mujer hacia el hombre o, en ocasiones, inversamente.
En las legislaciones del mundo se prohíbe y sanciona la difusión o publicación de materiales, imágenes y videos pornográficos, entre otras, por las razones siguientes: Puede convertirse en un vicio adictivo pernicioso para el individuo, es degradante para la mujer, es utilizada con fines comerciales, explota la libido y erotiza el cerebro.
Asimismo la pornografía induce a personas sin criterio formado a objetivar al sexo opuesto, desvirtúa el acto sexual como la máxima manifestación del amor, explota fantasías libidinosas transgrediendo valores éticos, es ofensivo para las buenas costumbres, origina comportamientos inmorales en la sociedad y atenta contra la dignidad de las personas al explotar el sadismo, el sadomasoquismo, la zoofilia y la necrofilia (obsesión sexual con cadáveres).
La pornografía convierte a las mujeres y a los niños en víctimas de la lascivia, destruye los matrimonios y deteriora la seguridad pública al incitar a la violación sexual, al incesto y los asesinatos.
“La pornografía negocio viola el derecho a la privacidad del cuerpo humano, aún si quien aparece en las fotos o videos autoriza la grabación y difusión de las imágenes esto no disminuye la violación de la intimidad del cuerpo puesto que lo despoja de su dignidad y lo trivializa al convertirlo en objeto de un negocio. Que eso es la prostitución: la actividad sexual del cuerpo, vendida o comprada. La publicación deja de ser un tratado sobre la prostitución y se revela como un acto de compraventa del cuerpo, es decir, prostitución activa” (Javier Darío Restrepo / Consultorio Ético / http://www.fnpi.org/consultorio-etico/consultorio/?tx_wecdiscussion%5Bsingle%5D=31160)


Autopornografía en Internet
Con la tecnología de la información y la comunicación son los propios menores de edad quienes se fotografían o graban con teléfonos móviles, cámaras digitales o webcams, lo cuelgan en Youtube y lo distribuyen masivamente, llegando incluso a venderse en colegios y centros de educación superior.
Actualmente existen un promedio de más de 5 millones de portales web que comercializan, promueven o intercambian pornografía infantil. El 40% de estas páginas son gratuitas y de fácil acceso. En ellas se utilizan a niños, niñas y adolescentes como simple mercancía, se les roba toda ilusión y esperanza, se les viola. El ser indiferentes a ello nos hace ser parte del problema (http://www.forosperu.net/showthread.php?t=227)
Felizmente algo se está haciendo al respecto. La Red Peruana contra la Pornografía Infantil viene realizando la campaña “Internet libre de Pornografía Infantil” con el fin de enfrentar este problema en la Internet, sensibilizar al usuario (niños, jóvenes y adultos), prevenir el delito y luchar contra las redes de pedófilos y pederastas.

GÉNEROS PORNOGRÁFICOS
Los expertos identificaron tres tipos de géneros pornográficos:
Softcore. En este tipo de género las escenas de sexo no se muestran de forma explícita, no incluye primeros planos de genitales masculinos o femeninos y no muestra en detalle penetraciones y relaciones.
Mediumcore. O pornografía convencional, consiste en enseñar la totalidad del cuerpo en posturas más o menos provocativas, como en la revistas Playboy o Penthouse.
Hardcore. Es el género extremo, aquí se muestra explícitamente el acto sexual, ya sea vaginal, anal u oral, con aparatos o cualquier otro tipo de utensilios. Este tipo de pornografía se subdivide según la orientación sexual: heterosexual, homosexual (masculino o femenino), bisexual, transexual (hombres transformados en mujeres por medio del consumo de hormonas y uso de vestimenta) y zoofilia (actos sexuales con animales).

CÓDIGOS DE ÉTICA Y SALUD MORAL
En el Perú y en diversos países del mundo hay códigos de ética que prohíben a los medios y periodistas la defensa, promoción y difusión de material pornográfico u obsceno. Cabe mencionar los siguientes:

“8. No utiliza en su labor el sensacionalismo, la obscenidad ni el chantaje. Menos aún emplea criterios de discriminación racial, ideológicas o de sexo ni induce a la confusión o desnaturaliza las opiniones, tergiversándolas o extrayéndolas maliciosamente de su contexto” (Carta de ética profesional de la Asociación Nacional de Periodistas del Perú).

“Art.15°. El periodista debe abstenerse de estimular los vicios, el crimen y todas las manifestaciones morbosas de la sociedad” (Código de ética de la Federación de Periodistas del Perú).

“El periodista bausatino está prohibido de: a) practicar el periodismo sensacionalista a través de la explotación de las sensaciones visuales, las crónicas rojas, la pornografía o las imágenes impropias, por el solo fin de incrementar sus ganancias o de mantener el rating de un programa; b) generar y fomentar la curiosidad malsana en el público” (Código de ética del Periodista Bausatino- Escuela Profesional de Periodismo de la Universidad Jaime Bausate y Meza).

“El periodista contribuirá a salvaguardar la salud mental y la moral colectiva, desechando la pornografía, la vulgaridad, la violencia y otros actos sensacionalistas y degradantes en los medios de comunicación social” (Código de ética del Colegio de Periodistas de la República Dominicana).

”Los periodistas no pueden: a.- Escribir o publicar inmoralidad ni obscenidad”( Código de Prensa de Jamaica).
”Los siguientes puntos han de ser evitados en cualquier forma de publicación: a.- Inmoralidad, obscenidad. (Código de ética de Prensa en Pakistán).

“La función pública de la prensa evita cualquier referencia a la vida privada de un individuo. Es incompatible con la función de la prensa buscar satisfacer la curiosidad pública, en lugar de servir los intereses del público.(Código ético de la prensa austriaca).
”Todo periodista deberá evitar en sus publicaciones la inmoralidad, la obscenidad y la pornografía siendo más estricto en aquellas publicaciones que vayan dirigidas a niños y jóvenes” (Código de ética profesional del periodista español).

AUTORREGULACIÓN Y ALGO MÁS
Frente al problema de la pornografía hay quienes proponen la autorregulación de los medios, con fiel respeto a las libertades individuales y los derechos humanos.
Pero también consideramos que es necesario la aplicación de los códigos de ética periodística, el Código Penal, la ley de Radio y Televisión Nº 28278, y todas las normas legales nacional e internacionales que amparan y protegen la salud moral de la niñez, la adolescencia y la juventud principalmente.
Ya es tiempo que los representantes de los gremios periodísticos, medios de comunicación, defensoría del pueblo, políticos, ministros y magistrados tomen mayor conciencia moral y profesional, asuman su responsabilidad social con vocación de servicio a la educación y cultura del pueblo y con voluntad resolutiva de los problemas del país.
Sólo así tendremos un país mejor en el que no se permita la libre circulación y difusión de material pornográfico u obsceno en horas no permitidas para nuestra niñez.
Defender a la niñez de quienes hacen mal uso y abuso de su poder mediático es defender el futuro de la nación.
(*) Periodista colegiado, docente universitario de Ética Periodística y Coordinador Académico de la Escuela Profesional de Periodismo/ Universidad Jaime Bausate y Meza.
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