Artículos periodísticos y de investigación

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20 de diciembre de 2009

NUEVA LEY UNIVERSITARIA
Y EDUCACIÓN DE CALIDAD

Escribe: Eudoro Terrones Negrete


PROLIFERACIÓN DE UNIVERSIDADES

En 1960 había en el Perú 9 universidades. En el 2000, 78 universidades. Y en el año 2009, funcionan 99 universidades entre públicas y privadas, incluida la Universidad Nacional de Cañete, creada recientemente.

De las 99 universidades, 36 son públicas y 63 son privadas. De éstas, 70 están institucionalizadas, es decir, con autorización de funcionamiento definitivo y 29 cuentan con autorización de funcionamiento provisional por la Comisión Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU).

Y esto no es todo. Hay más de 30 solicitudes en trámite de creación de nuevas universidades por el CONAFU.

ENFOQUE PARCIAL

Ante esta realidad, el premier Javier Velásquez Quesquén manifestó que el poder Ejecutivo presentó al Congreso un proyecto de ley para suspender la creación de nuevas universidades y de Facultades por un tiempo de 5, 8 ó más años, en tanto el Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación de Universidades (CONEAU) cumpla con evaluar a todas las universidades existentes.

Dijo asimismo que la oferta educativa debe estar en función de los requerimientos del mercado laboral, y que urge revisar la metodología que emplean las universidades en la educación a distancia.

Lo expresado por Velásquez Quesquén no es más que una propuesta parcial respecto al objetivo general: lograr la calidad educativa en las universidades públicas y privadas.


ENFOQUE GLOBAL

El diagnóstico global de la educación universitaria en el Perú existe en cientos de libros, desde hace mucho tiempo y a la espera de soluciones.

Al diagnóstico global le corresponde una solución global, no un parche o una propuesta aislada.

Y cualquier propuesta parcial al problema no tendría los efectos esperados ante un problema histórico, diverso, complejo y ante los conocimientos que se convierten en obsoletos en breve tiempo por el avance inusitado de la ciencia y la tecnología.


NUEVA LEY UNIVERSITARIA

Por tanto, proponemos pasar de la teoría de la educación universitaria a la praxis. Y para ello se necesita de voluntad y decisión política por parte de los poderes del estado, Ejecutivo y Legislativo, con el fin de discutir, aprobar y promulgar una nueva ley universitaria, antes que termine el actual gobierno de Alan García.

Abordar la “calidad”, como problema de fondo de la educación universitaria, requiere de una Nueva Ley Universitaria que responda a los grandes desafíos y retos del siglo XXI.

La actual Ley Nº 23733 resulta obsoleta, fue promulgada el 9 de diciembre de 1983. Si revisamos esta ley, encontraremos varios artículos puramente declarativos y que nacieron muertos. Entre ellos los referidos a la creación del Fondo de Ayuda del profesional de las universidades; la creación del Fondo de Desarrollo y Promoción Universitaria; y la creación de la Corporación Financiera Universitaria.

Para empezar, en el Congreso de la República hay varios proyectos de nueva ley universitaria, entre ellos el proyecto presentado por la Asamblea Nacional de Rectores (Lima, setiembre de 2006), en cuya exposición de motivos considera la naturaleza de la institución universitaria, la condición jurídica de la institución universitaria, la organización académica de la universidad, el gobierno universitario, la comunidad universitaria: el pacto estamental, el financiamiento universitario y la coordinación interuniversitaria. También consigna los efectos de la norma en la legislación nacional y el análisis de costo-beneficio.

No olvidemos también que la Comisión Nacional por la Segunda Reforma Universitaria fue creada por Resolución Suprema Nº 305-2001-ED con el fin de elaborar un Anteproyecto de Ley Universitaria para que el poder Ejecutivo lo proponga al Congreso. Entre sus objetivos principales tenía el de promover una evaluación global de la situación en que se hallaba la universidad peruana; modernizar el régimen académico e inducir procesos de calidad académica integral, abarcando los ingresos, el proceso y los resultados; crear la función de acreditación, regulación y supervisión de los servicios educativos que prestan las universidades para garantizar a la sociedad una buena calidad en los resultados.
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