Artículos periodísticos y de investigación

Translate

12 de octubre de 2008

El Cooperativismo y su nueva Ley

Escribe: Eudoro Terrones Negrete

Desde su nacimiento como partido político, el aprismo planteó la necesidad de impulsar y fomentar la labor de divulgación filosófica y doctrinaria del cooperativismo integral (ahorro y crédito, producción y consumo, etc.), como instrumento de liberación económica del pueblo, retomando las prácticas utilizadas por nuestros antepasados los incas, de la ayuda mutua en los trabajos de la comunidad.

Refiere Haya de la Torre que “Por primera vez la idea del cooperativismo en el Perú, fue introducido cuando había un desconocimiento absoluto de lo que era cooperativismo, cuando un senador, allá por el año de 1931 dijo que cooperativismo era comunismo”.

En su obra “El Antimperialismo y el APRA” (1928), Víctor Raúl sostiene que “el nuevo Estado Indoamericano tendrá que ser el órgano de defensa frente al imperialismo extranjero y al feudalismo nacional. Los medios de lucha son: contra el imperialismo la nacionalización progresiva de las fuentes de riqueza, y contra el feudalismo criollo la cooperativización”.

En su famoso e histórico Manifiesto de 1932, el jefe y fundador del aprismo expresa que «La ausencia de grandes capitales nacionales, la necesidad de equilibrar la influencia económica extranjera que se desenvuelve sobre bases de fuerte capitalización y crédito que no son nuestras ni están bajo nuestro contralor, impone la formación de un vasto organismo cooperativo nacional con la decidida protección del Estado. En este sentido, la formación de un Banco Central Cooperativo de Crédito, destinado a impulsar y respaldar el cooperativismo industrial y agrícola, es propugnada francamente por el programa del Partido. De la investigación realizada por el Congreso Económico resultaría la verificación exacta de nuestras fuentes de producción, de su tipo de organización y grado de desarrollo según las regiones. Tanto en la pequeña agricultura –comunidades, yanaconaje, chacras, fundos, etc.-como en la pequeña industria y comercio, el cooperativismo es posible como un medio inmediato de reorganización económica, tendiente a la elevación del índice de producción, ampliación del radio de trabajo, más fácil circulación y más barato consumo de la riqueza».

Pero al mismo tiempo, al lema del cooperativismo, “capital sin capitalismo”, lo califica como “la más segura ruta para una equitativa distribución de la riqueza producida sin la explotación del hombre por el hombre o del hombre por el Estado”.

Alan García Pérez, discípulo predilecto de Víctor Raúl, en su obra “Futuro Diferente” considera al cooperativismo de posible y necesario para cumplir las metas de una sociedad libre y justa, porque “el cooperativismo en el proyecto aprista no es sólo una organización participatoria en la propiedad y el trabajo de una unidad productiva. Es también, una concepción tecnológica adecuada a los requerimientos cooperativos”. Y agrega: “En la cooperativa, como educación en, y por el trabajo, como asociación voluntaria y propiedad colectiva de la producción incrementada por la tecnología moderna, se cumplen los propósitos del desarrollo integrado, cuya variable esencial es la realización del hombre por su propia acción”.

Es bueno precisar que el Plan de gobierno del Apra no excluye ninguna actividad de la vida nacional o específicamente estatal, puesto que trata de instaurar y mantener un pluralismo económico basado en el reconocimiento de la existencia de modalidades de propiedad cooperativa y autogestionaria, estatal y privada, como alternativa de propiedad y gestión.

La primera Escuela de Cooperativas se organizó en la Casa del Pueblo, en Lima. Luis Rodríguez Vildósola, es el autor de la primera Ley de Cooperativas en el Perú. La primera ley de fomento y promoción de la organización de Cooperativas Escolares y de la enseñanza del Cooperativismo en todos los niveles de educación nacional en el Perú, a partir de 1986, fue aprobada durante el primer gobierno de Alan García (1985-1990); cuyo proyecto fue presentado a nombre de la Célula Parlamentaria Aprista, por los diputados Eudoro Terrones Negrete, Fernando León de Vivero, Ilda Urízar de Arias y César Augusto Olano Aguilar.

El Parlamento Andino, durante el V período de sesiones ordinarias realizado en La Paz , Bolivia, del 11 al 16 de diciembre de 1985, a propuesta de los diputados peruanos Eudoro Terrones Negrete y Jorge Sánchez Farfán aprobó la DECISIÓN , por el cual se recomienda a los gobiernos de Perú, Bolivia, Ecuador, Colombia y Venezuela la organización de cooperativas escolares en los centros educativos de primaria y secundaria donde aún no existan como medio de contribuir a fomentar la necesaria conciencia democrática e integracionista en los educandos de nuestros países.

Por lo expuesto se justifica como deber histórico del actual gobierno y de sus congresistas, la pronta aprobación de una nueva ley general de cooperativas, superando las deficiencias, limitaciones e intereses de grupos de poder económico, que permita el desarrollo del cooperativismo dentro del contexto de la sociedad del conocimiento.
Compartir:

Entradas anteriores