Artículos periodísticos y de investigación

Translate

26 de marzo de 2020

EL DERECHO DE CRÍTICA A LOS PERIODISTAS Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN EN UN ESTADO DEMOCRÁTICO


EL DERECHO DE CRÍTICA A LOS PERIODISTAS Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN EN UN ESTADO DEMOCRÀTICO

Escribe: Eudoro Terrones Negrete

En un Estado democrático, los lectores, radioescuchas, televidentes o usuarios de la información utilizan el derecho de crítica a los periodistas y medios de comunicación en los casos siguientes:
-      Cuando publican, enfatizan, maximizan o comentan sólo las noticias malas y no las noticias buenas de cuanto acontece en la sociedad.
-       Cuando informan acerca de desgracias y no respetan los sentimientos de las víctimas.
-       Cuando ponen demasiado énfasis en las crónicas rojas o en las noticias de crímenes.
-   Cuando utilizan el poder de los medios para promover los intereses de sus propietarios y no los intereses de la sociedad.
-       Cuando están controlados por una poderosa clase socioeconómica y política nacional o transnacional.
-    Cuando se convierten en caja de resonancia de los intereses de propietarios que viven de la corrupción.
-    Cuando permiten que sus audiencias, lectores, oyentes, televidentes y usuarios sean más espectadores que actores sociales.
-     Cuando pierden su independencia de juicio y su función fiscalizadora por razones de la publicidad que reciben mensualmente o periódicamente del gobierno.
-       Cuando sirven de caja de resonancia de organizaciones no gubernamentales (ONGs).
-       Cuando no respetan los derechos fundamentales de la persona humana e incurren en delitos de injuria, calumnia y difamación.
-    Cuando orientan sus comentarios hacia la persecución política, la judicialización de la política y la politización de la justicia.
-       Cuando hacen mal uso y abuso de los medios de comunicación social para obtener ventaja personal o favorecer indebidamente a los propietarios de la concentración de los medios.
-       Cuando hacen mal uso del lenguaje periodístico y/o comunicacional.
-  Cuando encubren, defienden u omiten informar, investigar y comentar casos de corrupción e inmoralidad que ocurren particularmente en los poderes del Estado y en la sociedad en general.
Y así podríamos seguir describiendo y mencionando una serie de casos que justifican el derecho de crítica a los periodistas y medios de comunicación en un Estado democrático.

Compartir:

PRINCIPIOS RECTORES DE LAS UNIVERSIDADES DE CALIDAD EN EL PERÚ



PRINCIPIOS RECTORES DE LAS UNIVERSIDADES DE CALIDAD EN EL PERÚ

Escribe: Eudoro Terrones Negrete

Los principios rectores de las universidades de calidad en el Perú expresan la razón de ser y el quehacer de las universidades públicas y privadas, sus tácticas, estrategias y acciones orientadas a cumplir sus misiones, visiones y funciones, asimismo asegurar a los estudiantes una educación de calidad y lograr sus objetivos, fines y metas planificados.
En este sentido, la educación universitaria de calidad en el Perú deberá regirse por los principios fundamentales siguientes: autonomía, cientificidad, compromiso con el cambio social, creatividad, criticidad, equidad social, ética, excelencia, flexibilidad, innovación,  integridad, libertad de enseñanza, libertad y responsabilidad social de cátedra, libertad de investigación de fronteras, nacionalismo, participación, pertinencia social, planificación, pluralismo, solidaridad, transparencia, unidad  y viabilidad.
Autonomía. La existencia de las universidades está garantizada por la Constitución política, las leyes de la República, los estatutos y reglamentos de cada universidad.
Las universidades tienen la facultad de gobernarse de manera autónoma e independiente, dentro del respeto a la normatividad legal vigente en cada país.
La autonomía comprende los ámbitos legal (dictarse normas estatutarias y reglamentarias que rijan su vida institucional), académico (capacidad para organizar sus estudios y programas de investigación según las necesidades del país),organizativo, administrativo (potestad de organizar sus servicios administrativos y de nombrar y remover a su personal docente y administrativo con sujeción a sus normas estatutarias y reglamentarias) y económico(elaborar, ejecutar y evaluar su presupuesto y disponer de ello para el mejor cumplimiento de sus fines).
Cientificidad. Las universidades reconocen el valor universal de la ciencia, la tecnología y la cultura de paz y aspiran lograr la transformación de la sociedad a través de la investigación científica. Sólo la ciencia puede proporcionar el conocimiento fiable y la descripción fiel de la realidad tal como es.
Compromiso con el cambio social. Las universidades tienen el compromiso histórico de contribuir con el cambio integral de las estructuras socioeconómicas de un país, a la luz de los resultados de proyectos de investigación científica que realizan.
Creatividad. La práctica de la investigación humanística, científica y tecnológica permite a las universidades generar nuevos conocimientos en los diversos campos del saber, el arte y la cultura.
Criticidad. Las universidades elaboran estudios y proyectos de desarrollo social, económico, político, cultural, ecológico, etc.,  y formulan alternativas de solución a los problemas, a la vez que promueven el diálogo, la participación y concertación al interior y exterior de la comunidad universitaria.
Equidad social. Las universidades se fundan en el principio de equidad social para la prestación de sus servicios; con igualdad de deberes, derechos y oportunidades educativas para todos, sin marginación, discriminación ni exclusión social.
Ética. Para el mejor cumplimiento de su visión, misión, objetivos, fines, funciones y metas, las universidades requieren de la aplicación de principios y valores éticos: amor por la verdad, objetividad, honestidad, solidaridad, sensibilidad social, espíritu de justicia, convivencia pacífica, libertad, independencia de criterio, dignidad, tolerancia, responsabilidad (social, jurídica y ética) y transparencia.
Excelencia. Con el fin de responder a los intereses, las demandas y los requerimientos de la sociedad, las universidades deberán orientarse hacia la búsqueda y el logro de la excelencia académica y administrativa, con libertad y responsabilidad, dentro de los marcos legales y morales.
Flexibilidad. Las universidades trabajan dentro de parámetros flexibles, con capacidad de adaptación y adecuación a los cambios científicos, humanísticos, tecnológicos.
Innovación. Las universidades son instituciones que están constante-mente  innovándose en sus propósitos de auto evaluación, de aplicación de métodos y técnicas de investigación científica y de enseñanza con el fin de mejorar la calidad de la educación en general y la educación universitaria en particular.
Integridad. La enseñanza universitaria comprende al estudiante como individuo y como persona, en sus aspectos humanísticos, científicos, tecnológicos, axiológicos y éticos. Una educación universitaria de calidad debe ser integral, es decir abarcar todas las potencialidades del estudiante.
Libertad de enseñanza. Las universidades tienen la facultad de exponer a los miembros de su comunidad universitaria las ideas y opiniones sobre las materias de enseñanza de las carreras profesionales que ofertan a la sociedad, sin obedecer a presiones e influencias del poder económico o político partidario. La libertad de enseñanza supone la libertad de enseñar, de aprender y de investigar.
Libertad y responsabilidad social de cátedra. La práctica de la libertad y la responsabilidad social de cátedra es el derecho inalienable y la garantía de los profesores universitarios y de las universidades, para impartir sin compulsiones, restricciones, limitaciones o dogmas sus enseñanzas, dentro del marco  académico-profesional, jurídico y ético en vigencia.
Libertad de investigación de frontera. La libertad de investigación de frontera tiene como objetivo que el estudiante aprenda, se perfeccione y avance traspasando los límites del conocimiento y superando los paradigmas vigentes en beneficio de todos dentro de la sociedad del conocimiento.
Nacionalismo. La universidad defiende la identidad y cultura nacional, los recursos y riquezas nacionales y su mar territorial, creando y promoviendo la conciencia cívica en todo lo que legítimamente y por justicia le corresponde al Perú, como país soberano, libre e independiente.
Participación. La universidad promueve la participación activa, coherente, inteligente y responsable de los miembros de la comunidad universitaria para el logro de su crecimiento y desarrollo, la afirmación y consolidación de la democracia, el ejercicio de la libertad, la preservación y promoción de la cultura nacional y mundial.
Pertinencia social. El futuro, prestigio y éxito de toda universidad radica en su capacidad de respuesta con los programas y proyectos a los retos del país y de la sociedad del conocimiento.
Planificación. Toda universidad tiene el derecho de planificar su crecimiento y desarrollo de manera horizontal, realista y con responsabilidad histórica, según las exigencias, demandas o requerimientos de la institución y del país.
Pluralismo. La universidad está abierta a las diferentes filosofías y corrientes del pensamiento universal, la ciencia, las artes, la tecnología, etc., con libertad de cátedra, sin discriminación social, ética, religiosa o política ni oposición por parte de las autoridades constituidas.
Solidaridad. La universidad convoca y fomenta la participación de la comunidad en los actos de solidaridad humana.
Transparencia. La universidad se debe a la sociedad y como tal tiene un compromiso histórico y social de ser transparente en sus actos, en la gestión, en el manejo y en la operación de las actividades administrativas, académicas y económico-financieras.
Unidad. La universidad es un todo unitario, que relaciona, interrelaciona e integra de manera realista, armónica y coherente sus direcciones, facultades, departamentos, escuelas profesionales y de post-grado, centros de extensión y proyección social, centros de investigación, para un trabajo institucional y académico eficaz, eficiente y efectivo.
Viabilidad. La universidad para alcanzar sus objetivos, fines y metas tiene que basar su quehacer organizativo y académico en un conjunto de normas, orientaciones, programas. Proyectos y fuentes financieras posibles de ser realizados.

Compartir:

INTRODUCCIÓN A LA FILOSOFÍA DE LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA EN EL PERÚ


INTRODUCCIÓN  A LA FILOSOFÍA DE LA EDUCACIÓN  UNIVERSITARIA EN EL PERÚ

Escribe: Eudoro Terrones Negrete

La Filosofía de la Educación se ocupa sobre el qué, el cómo, el por qué y el para qué de la educación, sobre lo que es y lo que debe ser la educación como un todo y en sus facetas,  categorías, procesos, fundamentos, causas y consecuencias, valores, objetos, principios, fines, metas, estructura, problemas, esencia y relaciones supra-individuales que la rigen.
La Filosofía de la Educación es una disciplina de la Filosofía que descubre, estudia, enuncia, describe y explica el eidos de la realidad educacional y los problemas de la educación en sus diferentes sectores, niveles y modalidades, haciendo uso de técnicas y de métodos de investigación filosófica y científica, en determinados espacios y tiempos históricos.
 “La Filosofía de la Educación –explica Luis Felipe Alarco- estudia los supuestos mismos de la educación, su estructura, sus categorías, sus valores, su orientación télica; mas no los hechos de la educación, que son diferentes en cada uno de los casos, en cada una de las situaciones. A ella le interesa de manera fundamental la esencia misma de la educación, lo que la educación es por encima de la diversidad de los hechos” (1965:11-12).
Según Fullat las tareas de la Filosofía de la Educación son: a. Analizar el lenguaje educativo, b. Indicar el sentido general del proceso educativo, c. Mostrar la estructura educanda del hombre, d. Explicar, a través de la Teleología las diversas pedagogías.[1]
La Filosofía de la Educación Universitaria trata de describir y de explicar racionalmente la teoría y la praxis de la educación universitaria, sus fines inmanentes y trascendentes, sus fundamentos filosóficos, epistemológicos, metodológicos y axiológicos, su visión y misión, el sentido y la significación de su lenguaje, y la lógica de su proceso relacional de educando, educador, familia, universidad y sociedad, etc, de tal manera que la universidad pueda formar ciudadanos, personalidades, profesionales, expertos, técnicos e investigadores bien educados, bien integrados y bien realizados al servicio de su sociedad.
Para el cumplimiento de sus objetivos, fines y metas la Filosofía de la Educación Universitaria se vale de diversas disciplinas filosóficas, entre ellas, la Axiología de la Educación, la  Estética de la Educación, la Antropología filosófica, la Antropología pedagógica, la Psicología social, la Psicología pedagógica, la Ontología de la Educación, la Gnoseología, la Epistemología de la Educación, la Metodología de la Educación y la Tecnología Educativa. Pero también recurre al aporte de las diversas posiciones filosóficas: positivismo, psicologismo, sociologismo, historicismo, estructuralismo, existencialismo, pragmatismo,  fenomenologismo, y doctrina social cristiana.
El vertiginoso avance de la ciencia y la tecnología requiere de la permanente calificación de la fuerza de trabajo para lograr un desarrollo económico sostenido. La flexibilidad, la creatividad y la capacidad de aprender son los conceptos básicos del desarrollo contemporáneo, no sólo para disminuir la distancia entre países industrializados y sociedades en desarrollo, sino para ser menos vulnerables a las dinámicas externas y controlar el propio proceso de desarrollo.
Al cerrar el siglo XX nos encontramos con universidades en el Perú que, a decir de algunos investigadores y teóricos de la educación, “viven a espaldas de la sociedad peruana”, “poco o nada contribuyen al desarrollo nacional”, “no marchan según los intereses del país”, “no se acercan a las empresas” y “siguen siendo una isla”.
El 15 de junio de 1918 se difunde el histórico Manifiesto de la Reforma Universitaria, iniciado por los estudiantes argentinos de la Universidad de Córdova y dirigido “A los hombres libres de Sudamérica”. La protesta estudiantil fue “contra el estado de atraso espiritual, docente y científico” y contra “el gobierno oligárquico” de las universidades.
Gabriel del Mazo, entonces presidente de la Federación Universitaria Argentina,  en su obra La Reforma Universitaria (3 tomos), señala que son diez las bases de organización de este gran movimiento estudiantil universitario: 1) Coparticipación estudiantil en la vida y el gobierno de la Universidad; 2) vinculación de los graduados; 3) asistencia libre; 4) docencia libre; 5) periodicidad de la cátedra; 6) publicidad de los actos universitarios y docentes; 7) extensión universitaria; 8) ayuda social estudiantil; 9) sistema diferencial organizativo de las universidades; 10) Universidad social.
Este pronunciamiento de Córdova se extiende rápidamente hacia los países de Uruguay, Chile, Perú, Colombia, Venezuela, Centroamérica y Cuba. Sus protagonistas y conductores serían más tarde esclarecidos líderes políticos del Continente, entre los que figuran Víctor Raúl Haya de la Torre, Rómulo Betancourt, Raúl Leoni, Germán Arciniegas, Anselmo Jover Peralta, Juan José Arévalo y Santiago Labarca.
A Víctor Raúl Haya de la Torre le correspondió jugar un rol preponderante y decisivo en el movimiento de la Reforma Universitaria en el Perú. “Su aporte es fundamental, -refiere  Percy Murillo, en su Historia del APRA, 1919-1945- ya que la verdadera misión social de la universidad se plasma con la creación de las Universidades Populares que fueron establecidas en varios países de América. Desde el ángulo ideológico él sostiene que el aprismo encontró en la Reforma fuente de inspiración y señala tres postulados normativos que son antecedentes doctrinarios del aprismo: americanismo y consecuente unidad continental; liberación de nuestros pueblos de su inveterado coloniaje cultural; transformación de nuestras universidades en focos de una nueva ciencia y una innovada tecnología genuinamente indoamericana y cumplimiento de la verdadera misión social universitaria por su democratización interna y por su expansión hacia el pueblo para ayudar a redimirlo de la ignorancia”.
En  1919, tras el golpe de estado realizado por Augusto B. Leguía al presidente de la República José Pardo, los estudiantes logran que se incluya la participación de los estudiantes en los consejos de los órganos de gobierno de las universidades, el derecho de tacha a los profesores y la supresión en la obligación de asistencia a clases, entre otras demandas.
En 1960 con la aprobación de la Ley N” 13417, Ley Universitaria, se devuelve los derechos estudiantiles arrebatados: la participación en los órganos de gobierno, el derecho de tacha a los docentes, la asistencia libre a clases, la cátedra paralela, la ayuda asistencial a los estudiantes, etc.
A partir de la década del sesenta empieza la masificación de la universidad peruana con la creación de la Universidad Comunal del Centro (Huancayo), con sus filiales en Lima, Huacho, Cerro de Pasco y Huánuco, las mismas que al independizarse se convierten en Universidad Nacional Federico Villarreal (Lima), Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión (Huacho), Universidad Daniel Alcides Carrión (Cerro de Pasco y Universidad Nacional Hermilio Valdizán (Huánuco).
En 1970 se aprueba la Ley Universitaria N° 17437, ley que logra modificar la estructura curricular y profesional de las carreras, adoptándose el sistema semestral, los creditajes académicos y la departamentalización de las áreas del conocimiento; se cierran las facultades humanistas de Letras, Artes, Filosofía, etc., y son reemplazadas por las denominadas carreras técnicas: Ingeniería, Ciencias administrativas, Ciencias contables, Ciencias de la comunicación, Ciencias de la Informática y Estadística, Enfermería, Odontología y otras.
En 1983 se aprueba la Ley Universitaria N° 23733, asignándose a la universidad la función de investigación y se amplía como grado académico las de Maestría, aparte del Doctorado que se venía desarrollando.
Si bien es cierto que el Perú tiene una mayor población juvenil en función al total de estudiantes, “Sin embargo, cada año se siente más preocupación por su rol y destino futuro. Sólo uno de cada cinco logra el ingreso para seguir estudios superiores. Los que quedan se entretienen “preparándose” en las academias o centros pre-universitarios o trabajan precariamente o se suman al segmento de los desocupados” se indica en el documento de trabajo Modernización de la educación secundaria (1997) del Ministerio de Educación de Perú.
Cada año ingresan a las universidades no más del 25 % de postulantes, quedando fuera del sistema educativo el 75 %, situación que origina un serio problema juvenil por cuanto se posterga sus justas aspiraciones de profesionalización y se les obliga a engrosar la población sin educación superior universitaria.
En declaraciones al diario La República, el 20 de mayo de 2018, el ministro de Educación de Perú, Daniel Alfaro Paredes expresó: “La transitabilidad entre la educación básica y la superior no está todavía construida a manera de política. Ahorita el 60 % de jóvenes de 16 a 20 años no sigue ningún estudio postsecundario, y de ese 60 %, el 23 % es “ni-ni” (ni estudia ni trabaja)”.
La educación universitaria podríamos afirmar que aún es teorizante, acrítica, inmediatista, individualista, con pocas carreras profesionales de duración intermedia, poco participativa y poco dialógica interdisciplinaria , inadecuación de las titulación al mercado laboral nacional e internacional y de escasa correlación entre el campo ocupacional y el perfil profesional.
Los estudiantes que ingresan a las universidades no dejan de ser dogmáticos, acríticos, memoristas, poco creativos, de poca capacidad comunicativa, carecen de hábitos por la lectura y son de escasa formación en valores éticos.
No existe una coordinación permanente, fluida y efectiva entre las diversas escuelas de posgrado de maestría y doctorado de las universidades públicas y privadas. Un alto porcentaje de estudiantes de posgrado no llegan a graduarse por diversos motivos: escasez de recursos económicos, falta de dominio de la metodología para la elaboración de sus tesis, falta de conocimiento básico de un idioma extranjero, carencia de disponibilidad de tiempo, deserción, entre otros. Un alto porcentaje del total de catedráticos de las universidades carecen de formación pedagógica.
Muchas carreras profesionales y especialidades que ofertan las universidades no guardan relación con las necesidades de crecimiento y desarrollo del Perú, toda vez que se crean en función al costo de inversión de las mismas y la demanda de los postulantes.
El gasto promedio por estudiante en las universidades públicas aún sigue siendo bajo con relación a la de otros países. Por ejemplo, en 1992 era de 535 dólares, que comparativamente con otros países resulta siendo una suma irrisoria:

Países
Gasto promedio
 por estudiante universitario      
en dólares
Años
Perú
535
1992
España
906
1985
Chile
       1,700
1989
Israel
       4,760
1988
Japón
         5,986
1985
Estados Unidos
         8,724
1984











Por tanto, desde el ámbito de la filosofía de la educación universitaria en el Perú debe formularse y dispensarse una educación integral y empresarial para la creatividad y el cambio social. Una cultura filosófica orientada hacia la innovación y la creatividad establece un nuevo mandato a la educación: transmisión y sentido del futuro, asimilación y adaptación efectiva al cambio social, político, económico, educativo, cultural y moral de la sociedad peruana.
 Una filosofía de la educación universitaria en el Perú no deja de ser integradora al proceso productivo a efecto de reducir los obstáculos que traban el progreso, de fomentar la curiosidad por todo lo útil para la transformación de las estructuras de un país e infundir el sentido de la diversidad de soluciones, entrenar la inteligencia para la estimulación de la imaginación y educar el espíritu crítico.
Se requiere de un sistema educativo que funcione y de una filosofía de la educación universitaria que sea capaz de formar ciudadanos, productores y consumidores con igualdad de oportunidades y que respondan con eficacia a los desafíos del futuro.
En un país como el Perú donde las expectativas de ingreso a la educación superior son mayores que las vacantes ofrecidas por estos centros de estudios, es lógico y necesario un proceso de selección de los más aptos, pero tal como están concebidos los actuales exámenes de admisión, la mayoría de las universidades peruanas privilegian la medición de los conocimientos que tiene el postulante.
En realidad, los procesos de admisión deberían tratar de predecir quiénes son los postulantes que tendrán un mejor desempeño como universitarios y posteriormente como profesionales, lo que evitaría muchos fracasos.
Sin embargo, es imposible determinar estas cualidades en base a un solo examen, por lo que se requiere necesariamente de una revisión de los crite­rios establecidos por las universidades peruanas.
En la mayor parte de países se emplean varios sistemas de selección a la vez, como una prueba de aptitud académica y otra de conocimientos básicos, así como entrevistas personales y diversos factores que cada institución estima importantes según su propia perspectiva.
Un criterio que se usa con frecuencia y que las universidades peruanas empiezan a considerar pertinente es el desempeño del postulante durante sus cinco años de educación secundaria, pero no como nota numérica dado que hay diferentes formas de calificar sino en base al lugar que ocupó en el cuadro de méritos.
El problema es que todavía se mira a la universi­dad como la única opción, cuando hay muchas carreras técnicas. Hay chicos que salen con su cartón y el país no tiene capacidad de absorber esa mano de obra calificada. Por ello, se requiere además de una filosofía universitaria peruana, de un proyecto educativo un plan de desarrollo nacional, que determine las necesidades productivas del país y los profesiona­les que necesita.
La nueva educación universitaria en el Perú será aquella capaz de realizar lo siguiente:
Constituir una comunidad de aprendizaje permanente y de por vida.
Contar con catedráticos A1 en idoneidad profesional y producción intelectual.
Desarrollar permanentemente la capacidad de innovación en todo sentido u orden de cosas.
Ejercer el liderazgo educativo ejemplar.
Fomentar la motivación y capacitación intensiva de su personal jerárquico, administrativo, de servicios y personal docente.
Guiar el quehacer cotidiano de los miembros de la comunidad universitaria a través de valores morales.
Impulsar y desarrollar proyectos y programas educativos que sean productivos y rentables.
Lograr la máxima calidad educativa.
Lograr satisfacer las necesidades y expectativas de los usuarios.
Desarrollar una organización funcional, ágil, expeditiva, flexible y descentralizada.
Pensar y actuar en grande, creativamente, con la seguridad de alcanzar sus objetivos, fines y metas.
Planificar con realismo y rigurosidad científica el futuro que les espera.
Practicar la crítica rigurosa, la autocrítica y la mutuo-crítica en el pensamiento y en la acción educativa.
Prestar un servicio académico y administrativo con la mayor eficacia, efectividad y eficiencia.
Realizar trabajos de investigación científica y tecnológica para el desarrollo institucional y nacional.
Adaptarse de manera fácil y rápida a los cambios que originan los avances en la ciencia y la tecnología.
Solucionar rápidamente los problemas administrativos, académicos, presupuestarios y de otra índole.
Ser altamente competitiva en calidad y en precio de sus bienes y servicios educativos.
Cambiar radicalmente la fisonomía de la Universidad peruana, implica todo un arduo trabajo que compromete a toda la comunidad universitaria, tanto pública como privada; significa abordar la problemática dentro de una política de Estado y no más políticas de gobierno; implica desarrollar un nuevo enfoque filosófico y una nueva praxis de la acción pedagógica profesional, emparejado con los grandes avances de la ciencia y de la tecnología de la sociedad del conocimiento y las urgencias y requerimientos de crecimiento, desarrollo y progreso del país.
Y esto sólo será posible en la medida que todas las universidades compartan una mesa de análisis crítico y deliberaciones conjuntas, para elaborar un Proyecto de Desarrollo Universitario Nacional (PRODEUN) serio, realista, responsable y futurista, más allá de intereses individuales lucrativos.
Somos conscientes que sólo una educación de calidad máxima puede ser el instrumento fundamental para impulsar las tantas veces voceada pero postergada reforma estructural en el Perú, en los sectores social, económico, político, judicial, educativo y cultural.
El desarrollo del Perú no puede medirse solamente por los bienes y recursos naturales que dispone – que son muchos y variados- sino, principalmente, por la calidad de los recursos humanos que los producen y los usan.


[1] Fullat i Genis, Octavi. Filosofía de la Educación, Ed. CEAC, S.A., Barcelona, 1983, p.81.

Compartir:

AUTONOMÍA UNIVERSITARIA EN EL PERÚ: CONCEPTUALIZACIÓN Y BASE LEGAL


AUTONOMÍA UNIVERSITARIA EN EL PERÚ: CONCEPTUALIZACIÓN Y  BASE LEGAL

Escribe: Eudoro Terrones Negrete

En el ámbito educativo, autonomía universitaria significa que las universidades gozan de autonomía, independencia o libertad dentro de la ley, frente a la autoridad exterior o autoridad central (Estado). Significa que las universidades tienen por sí misma la norma de su propio comportamiento, organización, desarrollo, independencia de acción o libertad de gobernarse por sí propio, mediante sus leyes propias y por autoridades elegidas de su seno.
El término autonomía deriva de las voces griegas “autós” (por sí mismo) y “nómos” (ley), significando, entonces, “darse una ley a sí mismo”, carácter o condición de lo que es autónomo.
Los griegos llamaban “autonomoi” y los romanos “autonomi” a los estados que se gobernaban por sus propias leyes y no estaban sometidos a ningún poder extranjero; autonomía significaba independencia y sólo se aplicaba a los estados independientes.
La autonomía académica incluye la potestad de las entidades de educación superior para decidir por sí mismas la forma como se cumplen sus funciones de docencia, investigación y extensión y la fijación de sus planes y programas de estudio.
La autonomía económica permite a dichos establecimientos disponer de sus recursos para satisfacer los fines que le son propios de acuerdo con sus estatutos y las leyes.
La autonomía administrativa faculta a cada establecimiento de educación superior para organizar su funcionamiento de la manera que estime más adecuada de conformidad con sus estatutos y las leyes”.[1]
Uriel Giraldo G, Darío Abad A. y Edgar Díaz P., en “Bases para una política de calidad de la educación superior en Colombia” señalan: “La autonomía debería entenderse, entonces, como ocurre en la mayoría de los países, como la libertad para prestar un servicio educativo de alto nivel académico y administrativo, pero acompañada de la responsabilidad para asumir las consecuencias de las acciones ejecutadas y de la voluntad del permanente rendimiento de cuentas a la sociedad y al Estado”[2].
Luis Alberto Sánchez, tres veces Rector de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, defendió de manera ardorosa y permanente el principio de la autonomía universitaria. Decía: “Sin verdadera autonomía no puede haber auténtica libertad académica cuya ausencia destruye, de facto, el concepto entero de Universidad”.
El principio de la autonomía es la columna vertebral de la estructura universitaria y que le da capacidad de gobierno en armonía con las leyes y el ordenamiento institucional del país, libre de toda injerencia política y religiosa. La autonomía es la condición fundamental de las universidades públicas y privadas para realizar su misión y cumplir con sus responsabilidades con la sociedad, liberada de interferencias externas proveniente de los poderes del Estado, de los grupos económicos y grupos políticos nacionales o extranjeros.
La autonomía universitaria se ejerce de conformidad con la Constitución política y las leyes de la República. Y como la educación universitaria es un servicio público, ésta debe ser regulada por el Estado, para que dentro del espacio de libertad de que gozan las universidades puedan hacer ciencia, investigar, proyectarse a la comunidad y desarrollarse plenamente dentro de un Estado de derecho.
La universidad es el laboratorio intelectual, cultural, científico y tecnológico de la sociedad. La Universidad es la cuna de los técnicos, profesionales e investigadores; es la fuente primigenia de la reflexión crítica y constructiva de los hechos pasados y que conjugados con los hechos presentes traduce la esencia de sus problemas, formula alternativas de solución y se proyecta hacia el futuro para la plena realización de la persona humana.
La autonomía universitaria no es caja de resonancia o receptáculo de los intereses políticos del gobierno de turno. Autonomía universitaria no es impunidad, no es satisfacción de acomodos individuales y grupales, no es provisión de cargos jerárquicos a través métodos ilícitos y antiéticos, no es la fijación caprichosa de sueldos y bonificaciones desmedidas para sus autoridades; no es el abuso del derecho ni la protección de la corrupción e inmoralidad; no es mercantilización de la educación para hacer más rico a los ricos y más pobre a los pobres.
La autonomía universitaria es afirmación de los principios democráticos y valores éticos; es práctica de la meritocracia y la calidad profesional en la gestión académica, administrativa, económica y financiera; es integración de esfuerzos, pensamientos y propuestas para el buen cogobierno de las universidades; es conducción de las universidades, de manera democrática, participativa, idónea, transparente, con responsabilidad social, jurídica y ética.  
El principio de la autonomía es una necesidad esencial y consubstancial de toda universidad expresada  en la libertad de pensamiento, la libertad intelectual,  la libre investigación, la libre búsqueda de la verdad del conocimiento, la libre exposición y difusión del saber,  la libre enseñanza.
Para la Unión de Universidades de América Latina (UDUAL), en su declaración de Guadalajara de 2011: “El concepto de autonomía comprende el sentido de independencia en todas las funciones universitarias: en el gobierno, en la organización, en la docencia, en la investigación y en la extensión, así como la independencia del movimiento estudiantil”.
Andrés Bernasconi[3], de la Pontificia Universidad Católica de Chile, puntualiza y enfatiza lo siguiente: “La autonomía universitaria, en rigor, protege las libertades de expresión, enseñanza y asociación de los profesores, ya que son ellos quienes hacen la investigación y la enseñanza. Los estudiantes quedan también bajo su amparo en la medida en que toman parte en la búsqueda de conocimiento y en su adquisición. Deriva de esto, como he explicado en otro trabajo (Bernasconi, 2013), un primer principio de gobierno: la libertad académica que la autonomía defiende exige que los profesores (y en menor medida, los estudiantes) prevalezcan en las decisiones institucionales sobre materias académicas. Así, a los funcionarios administrativos de la universidad, a las partes externas a ella que tienen interés en sus asuntos y especialmente al gobierno les está vedado interferir con materias académicas”.
“Por otra parte, - refiere Bernasconi- los discursos sobre la autonomía tienen matices nacionales. Mientras en jurisdicciones como Bolivia, Uruguay, Costa Rica, Guatemala, Honduras, Perú o Nicaragua predomina una teoría “fuerte” de la autonomía, según la cual el sistema universitario debe autogobernarse, sin otra injerencia del gobierno que la de financiarlo, proscribiéndose así la idea de una política pública para el sector (Gutiérrez, 1983, pp. 2633-2635), en otros países como Brasil, Chile o Colombia, se acepta en general que la universidad no está exenta de sujetarse a las reglas del juego democrático y debe atenerse a lo que resulte del rol de conducción general del sistema por los gobiernos (Bernasconi, 2013)”.[4]
“No obstante estas variaciones en el alcance de la autonomía, y de avances y retrocesos (Levy, 1986, pp. 230-233), en el curso del siglo XX las universidades de América Latina, estatales y privadas[5], generalmente alcanzaron un espacio de autonomía que incluye las libertades académicas básicas de definir currículos, fijar requisitos y estándares de ingreso y egreso de los estudiantes, la capacidad de contratar y promover a los académicos, y la prerrogativa de abrir o cerrar programas, escuelas, y sedes. Además, en el plano de la gestión y el liderazgo, han gozado del poder de elegir a sus autoridades, fijar su estructura interna, dotarse de la administración que elijan, establecer relaciones con otras instituciones nacionales o extranjeras y definir sus presupuestos (Bernasconi, 2008, p. 32). En casi todos los países de la región, la autonomía está constitucionalmente protegida, y en varios se prescribe un cierto porcentaje del presupuesto nacional que debe dedicarse a la educación superior, también por mandato constitucional (Bernasconi, 2007).[6]

BASE LEGAL DE LA AUTONOMÍA UNIVERSITARIA EN EL PERÚ

Ley orgánica de 1920

En el Perú la autonomía de la universidad es producto de la Ley Orgánica del 20 de setiembre de 1920, en la que el Presidente de la República Augusto B. Leguía logra abdicar de su derecho de nombramiento de las autoridades y de los catedráticos de las universidades, consagrando la autonomía universitaria en lo académico y administrativo, desapareciendo de esta manera todo control que venía realizando el Ministerio de Instrucción. Se dispone la cátedra libre y el cogobierno.

Primer estatuto universitario de 1928

En 1928, en uso de la autorización concedida al Poder Ejecutivo por la Ley Nº 6041 se expidieron el 19 de mayo de 1928 y el 17 de julio del mismo año los dispositivos para reformar la enseñanza universitaria en el Perú. Se promulga, entonces, el primer Estatuto Universitario, se instaura la supervisión de las universidades a cargo del Ministerio de Instrucción, se crea el Consejo Nacional de Enseñanza Universitaria y se reconoce a las universidades “autonomía pedagógica, administrativa y económica dentro de los límites fijados por la ley”.

Ley Orgánica de Educación Pública de 1941

El 1ª de abril de 1941, el Presidente de la República Manuel Prado, promulga la nueva Ley Orgánica de Educación Pública-Ley Nº 9359, en la que se consagra ampliamente la autonomía universitaria: académica, administrativa y económica.
Posteriormente, el Decreto Legislativo 17437 (Art. 102), la Ley Universitaria Nº 23733 y demás dispositivos complementarios reconocen y ratifican la autonomía universitaria.

Carta Magna de las Universidades Europeas de 1988

La Carta Magna de las Universidades Europeas, suscrita en Bologna en 1988, enfatizaba la necesidad de defender la autonomía e independencia de la universidad respecto de todo poder político y económico.

Constituciones políticas de 1979 y de 1993

La Constitución política de 1979,  firmado por Víctor Raúl Haya de la Torre, por primera vez en el Perú incorpora el principio de la autonomía universitaria en el artículo 31: “Cada universidad es autónoma en lo académico, económico, normativo y administrativo, dentro de la ley. El Estado garantiza la libertad de cátedra y rechaza la intolerancia.”
En el artículo 80º de la Constitución política de 1933 por vez primera se señala que “El Estado garantiza la libertad de cátedra en las universidades”.

Conferencia regional organizada por la UNESCO y el Ministerio de Educación de Cuba en 1996

En la Conferencia Regional organizada por la UNESCO y el Ministerio de Educación de Cuba, en 1996, se acordó que “Las universidades deben mantener su carácter de instituciones autónomas que, de modo crítico, producen y transmiten cultura a través de la enseñanza, la investigación y la extensión, con el fin de atender las necesidades educativas del mundo contemporáneo. Esto requiere que las universidades mantengan una clara independencia política, ética y científica; y que conserven el control de su presupuesto, pudiendo orientar sus gastos hacia el cumplimiento de su misión”.
La exigencia de la UNESCO (octubre, 1998) es claro y preciso: “Las instituciones de educación superior a través de sus funciones principales que son: la investigación, la enseñanza y el servicio a la comunidad llevados adelante en el contexto de la autonomía institucional y la libertad académica debería aumentar su foco interdisciplinario y promover el pensamiento crítico y activar ciudadanía que contribuya al desarrollo y al avance de la sostenibilidad del desarrollo, la paz, el bienestar, el desarrollo y la realización de los derechos humanos incluyendo la equidad y género”.




[1] Bernasconi, Andrés (Editor). La educación superior de Chile. Transformación, desarrollo y crisis. Ediciones Universidad Católica de Chile, primera edición, enero 2015, p.279.
[2] https://www.cna.gov.co/1741/articles-186502_doc_academico10.pdf
[3] Bernasconi, Andrés (Editor). La educación superior de Chile. Transformación, desarrollo y crisis. Ediciones Universidad Católica de Chile, primera edición, enero 2015, pp.263-264.
[4] Bernasconi, Andrés (Editor). La educación superior de Chile. Transformación, desarrollo y crisis. Ediciones Universidad Católica de Chile, primera edición, enero 2015, pp.265.
[5] Las universidades privadas tienen ciertas particularidades jurídicas y políticas respecto de la autonomía, que son objeto de análisis en Bernasconi (2013).
[6] Bernasconi, Andrés (Editor). La educación superior de Chile. Transformación, desarrollo y crisis. Ediciones Universidad Católica de Chile, primera edición, enero 2015, pp.265.

Compartir:

Entradas anteriores