EL PERIODISTA Y LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN EN SU LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN
Escribe:
Dr. Eudoro Terrones Negrete
Actualmente hay un auge creciente por la
información de los tribunales de justicia y que interesa al público y a los
medios de comunicación y que requieren de una formación especializada en
periodismo judicial para cubrir los juicios y escándalos donde se hallan
implicados el común de los ciudadanos, autoridades, funcionarios, fiscales,
jueces, magistrados, políticos, empresarios, ministros de Estado, congresistas,
periodistas, e inclusive presidentes de la República.
Frente a estos hechos, no le falta razón al
periodista Javier Ronda Iglesias cuando califica que “El periodista se
consolida como un nuevo habitante de la Administración de Justicia”.
En un mundo cada vez más materializado, con
crisis profunda de principios y valores éticos, con la proliferación de
gobiernos corruptos y la falta de respeto a la persona humana en sus plenos
derechos, nada raro resulta ahora el interés de la colectividad por seguir un
juicio, una sentencia o una investigación en la policía judicial, entendiendo
que es preferible muchas personas culpables libres de la cárcel que un inocente
en prisión.
Por eso urge contar con periodistas en
permanente actualización de conocimientos sobre las diversas ramas del saber
humano y especialización en materia judicial, conocer la terminología básica
judicial, dominar el lenguaje jurídico, conocer las fases de un proceso penal
(diligencias previas, sumario, vista oral o juicio), saber diferenciar
claramente entre un acusado, procesado, imputado y condenado y conocer la
estructura y funciones del poder judicial y las diversas jurisdicciones (civil,
penal, contenciosa y laboral) y respetar la presunción de inocencia de las
personas[1], y
cómo se inicia y termina un procedimiento penal, para mejorar la calidad y la
veracidad de las informaciones y evitar la comisión de errores u horrores y
“gazapos” jurídicos.
Los periodistas, como defensores y promotores
de los derechos humanos que son el fundamento de todo sistema democrático,
antes de publicar hechos de corrupción deberán verificar su autenticidad sobre
la base de fuentes confiables los datos que publican, obtener la respuesta de
las personas que resultan involucrados para su oportuna explicación o
desmentido.
Los periodistas están llamados a respetar,
proteger y defender el honor de las personas, la vida privada y la intimidad de
las personas para una armónica y pacífica convivencia social. Y sólo cuando lo
informado es verdadero deben mencionar el nombre del supuestamente involucrado.
Sólo deberán informar acerca de la vida privada de las personas en la medida
que afecte al interés social, a la sociedad, o exista actos ilícitos cometidos
por una persona pública.
La información judicial comprende temas
relativos al poder judicial, narcotráfico, terrorismo, ecologismo, contrabando,
corrupción, prevaricación, espionaje, armamentismo, estafa, mafias y crónicas
rojas (atracos, secuestros, violaciones sexuales, homicidios, filicidios,
parricidios, etc.)
Los medios de obtener la información deben ser
lícitos y éticamente correctos, por lo que no corresponde investigar mediante
el uso de grabaciones clandestinas, cámaras ocultas o secretas, violación de la
correspondencia, interceptación telefónica, allanamiento de domicilios o
mediante el robo de documentos, el soborno o la extorsión para conseguirlos.
Los periodistas están en la obligación moral y
profesional de admitir y no vulnerar el secreto
del sumario para no influir en la labor procesal y no dañar a los imputados
o no torpedear a la investigación judicial.
El periodista ético jamás deberá incurrir en
la realización de juicios paralelos,
es decir cuando un delito es juzgado a la vez, de forma simultánea, por un
tribunal de justicia y un medio de comunicación social, pues en caso de hacerlo
el periodista estaría influyendo en el proceso judicial del acto de la vista
oral y afectaría de manera directa o indirecta a la independencia de los jueces
durante el proceso de investigación o cuando se dicte la sentencia.
Bob Eggington[2], propone 13 consejos para
periodistas que trabajan en la cobertura de procedimientos judiciales: Trabajar
respetando las normas de los tribunales de justicia, recordar quién está a
cargo de la corte, conocer las leyes específicas de cada país, concentrarse en
los datos clave como el veredicto y la sentencia, no intentar hacer el trabajo
del juez, asegurarse de tener todo bien y debidamente comprobado: nombres,
ortografía, títulos y responsabilidades, mantener buenos apuntes y guardarlas
bien, nunca tomar partido sobre los argumentos utilizados por los abogados
querellantes y la defensa, asegurarse de captar todos los elementos de las
actuaciones del juez, los abogados o testigos, dar crédito donde es debido,
efectuar una investigación disciplinada, manejar bien el contexto y asegurarse
de salir de la corte a tiempo para hablar con testigos, familiares de los
involucrados, policías, entre otros.
LA CORRUPCIÓN
La corrupción es un fenómeno social nacional y
transnacional, que afecta las raíces profundas de las sociedades y el futuro de
las generaciones. Las ingentes sumas de dinero que se gasta para combatir la
corrupción afecta el presupuesto de los países y que debería invertirse para
ampliar, mejorar o crear nuevos servicios públicos que permita mejorar la
calidad de vida de la población.
El término corrupción proviene del latín
“corrumpere”, que significa “echar a perder”. El Catecismo de la Iglesia Católica
N° 2409, define el término corrupción como “toda forma de tomar o retener
injustamente el bien ajeno, aunque no contradiga las disposiciones de la ley
civil, retener deliberadamente bienes prestados u objetos perdidos, defraudar
en el ejercicio del comercio, pagar salarios injustos, elevar los precios
especulando con la ignorancia o la necesidad ajenas”.
Son formas de corrupción: el cohecho o
soborno, el nepotismo, el clientelismo político-partidario, el tráfico de
influencias, la apropiación o manejo indebido de fondos públicos, la
adquisición o el uso de bienes fiscales, el abuso de la autoridad oficial,
entre otros.
La corrupción es una práctica social que
consiste en el abuso del poder adquirido, en utilizar las funciones y medios de
las organizaciones y empresas públicas o privadas en provecho económico o de
otra índole para uno mismo o para otras personas.
La corrupción es una epidemia, una labra
social sin fronteras, que en todas sus formas y niveles tiene raíces profundas,
consecuencias incalculables y que no respeta a nadie. Y este mal crónico, no obstante,
a las campañas para su erradicación que vienen efectuando los gobiernos de
América Latina y del Mundo, aún permanece vivito y coleando.
Según el filósofo, politólogo, economista y
sociólogo alemán, Max Weber, existe dos tipos de políticos; los que “viven para
la política” y los que “viven de la política”. En este último caso, la política
se torna en instrumento de poder, de explotación a las mayorías y en un valor
instrumental en el que los fines justifican los medios al servicio del
enriquecimiento, la corrupción e inmoralidad y la desnaturalización del estado.
Cuando una persona viola su deber cívico o de
lealtad al pueblo que le vio nacer, crecer y desarrollarse, por motivaciones
económicas y políticas, no hace más que traicionar a la confianza de la
sociedad y del país para satisfacer sus innobles fines.
CAUSAS DE LA CORRUPCIÓN
Son causas de la corrupción la carencia de un
servicio fiscalizador de los actos de los funcionarios, empresarios, políticos
y gobernantes; la insuficiente participación de la ciudadanía en el proceso de
fiscalización y evaluación de la gestión; las precarias remuneraciones de
trabajadores, empleados y autoridades, la falta de conciencia ciudadanía por el
progreso de su país; el estar acostumbrado a tener todo lo necesario de la
manera más fácil posible, es decir con el menor esfuerzo físico y mental; el premio
al compadrazgo, al nepotismo y a la argolla.
Son causas de la corrupción la carencia de
sistemas de control y de vigilancia efectivos; la falta de mecanismos de
prevención, detección y sanción efectivos; el dejarse llevar por el soborno o
sobornar a otras personas para obtener lo que uno quiere, desea o anhela.
CONSECUENCIAS DE LA CORRUPCIÓN
La corrupción debilita el régimen político
democrático, pone en peligro la estabilidad política y económica del país,
perjudica el normal y buen funcionamiento de los poderes del Estado, convierte
el poder judicial y el poder legislativo en centros de legitimización de actos
antiéticos y antijurídicos y en la defensa y aprobación de leyes en beneficio
de los corruptores; propicia un clima desfavorable para las pequeñas, medianas
y grandes inversiones en el país; obliga a los estratos sociales más pobres a permanecer
en la informalidad e ilegalidad para subsistir; y contribuye al detrimento de
la calidad de vida de las personas en general y condena al país al
subdesarrollo, a la miseria y al desempleo.
La corrupción socava los cimientos de una
sociedad civilizada, destruye la competencia comercial, consolida la injusticia
social y altera la paz en el mundo.
Como consecuencia de la corrupción se produce
la pérdida de credibilidad y legitimidad de los gobiernos; se consolidan elites
y burocracias político-partidarias corruptas; prevale la ley del más fuerte; se
ensancha la brecha entre ricos y pobres; prolifera y se extiende el nepotismo,
el narcoterrorismo, el transfuguismo político, el desborde popular
incontrolable por los gobiernos democráticos; el descrédito o devaluación de la
política; prolifera la malversación de los fondos públicos al destinarlos a otro
fin y no para el asignado en el momento de la aprobación presupuestal y el
peculado crece y avanza en sofisticación y tecnología.
Los actos de corrupción y de inmoralidad
socavan las estructuras morales del individuo, de los gobiernos y de la
sociedad; distorsionan el gasto público; alteran, suspenden o liquidan el
Estado de derecho; erosionan la legitimidad de instituciones y de las empresas
públicas y privadas; frenan, limitan y desalientan la inversión extranjera;
originan y alientan la delincuencia subversiva, el terrorismo y la
desobediencia civil; y atentan contra los derechos de cuarta generación como el
crecimiento, el desarrollo integral y el progreso de los pueblos.
[1] Javier Ronda Iglesias: “En algunas ocasiones se puede atentar contra el derecho de la presunción de inocencia por parte del informador. A toda costa la presunción de inocencia debe persistir hasta que se haya producido una sentencia condenatoria firme. De esta manera se evitará condenar o juzgar de una forma anticipada”, en su artículo difundido por Internet “Los retos del periodismo judicial”.
[2] Bob
Eggington, de Media Helping Media, en su artículo publicado en Internet
“Consejos para principiantes en el periodismo judicial”.