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15 de junio de 2019

DERECHOS Y DEBERES DEL INVESTIGADOR CIENTÍFICO UNIVERSITARIO

DERECHOS Y DEBERES DEL INVESTIGADOR CIENTÍFICO UNIVERSITARIO

Escribe: Eudoro Terrones Negrete

DERECHOS DEL INVESTIGADOR CIENTÍFICO UNIVERSITARIO
Son derechos del investigador científico universitario:
a.       Recibir una remuneración por concepto de subsidio para la ejecución de un proyecto  de investigación.
b.      Proteger su invención, descubrimiento, idea y en general cualquier creación u obra mediante las leyes de propiedad industrial o intelectual.
c.       Formular iniciativas y elaborar proyectos de investigación.
d.    Determinar los métodos de resolución de problemas, dentro del marco de las buenas prácticas,  de los principios y valores éticos y de la normativa aplicable sobre propiedad intelectual.
e.   Ser reconocido y amparado en la autoría o coautoría de los trabajos de carácter científico en los que participe.
f.       Igualdad de género en el desempeño de las funciones de  investigación.
g.       Integración en los equipos de investigación de las entidades para las que presta servicios.
h.    Contar con los recursos humanos, materiales y económicos, equipos e instalaciones necesarios para el desarrollo de las investigaciones.
i.        Ser respetado en su actividad científica y ser evaluado de conformidad con criterios transparentes.
j.        Utilizar el nombre de la universidad en la que trabaja para la realización de su actividad científica.
k.    Participar en los beneficios como consecuencia de la explotación de los resultados de la actividad de investigación.
l.        Tener acceso a medidas de formación continua para el desarrollo de sus capacidades y competencias.
m.    Movilidad geográfica, intersectorial e interdisciplinaria, para reforzar los conocimientos científicos y su desarrollo profesional como investigador.

DEBERES DEL INVESTIGADOR CIENTÍFICO UNIVERSITARIO
Son deberes del investigador científico universitario:
a.       Adoptar las medidas necesarias para la protección de datos y el aseguramiento de la confidencialidad.
b.      Comprometer su permanencia en el país durante la ejecución del proyecto de investigación.
c.       Comunicar a la universidad o entidad donde presta sus servicios, los hallazgos, descubrimientos, inventos y resultados susceptibles de protección jurídica.
d.      Cumplir con la normativa  y los estándares que regulan la actividad científica.
e.       Difundir con transparencia y responsabilidad los resultados de sus investigaciones.
f.       Ejecutar el proyecto de investigación según las bases del concurso, contrato o convenio suscrito.
g.       Entregar los informes académicos y financieros parciales o finales en las fechas fijadas en el contrato o convenio suscrito.
h.      Evitar la falsedad y el plagio de obras, de proyectos e investigaciones ajenas.
i.        Garantizar el uso adecuado de los recursos recibidos mediante los instrumentos que las bases, el contrato o el convenio suscrito lo determinen.
j.        Informar a la entidad que financia la investigación los posibles retrasos, reajustes y redefiniciones en los proyectos de investigación.
k.      Mantener una conducta ética.
l.        Procurar que su labor de investigación sea relevante para la sociedad.
m.    Realizar conferencias, talleres o seminarios de divulgación una vez finalizado el proyecto de investigación.
n.      Rendir cuentas de su trabajo a la entidad o universidad que financia la investigación.

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